Términos y Condiciones

Los presentes términos y condiciones crean un convenio entre Ud. (El CONTRATANTE) y BAJA FOREX. Lea atentamente el convenio. Al acceder o hacer uso de www.bajafx.com y cualquiera de las páginas dentro del mismo dominio, usted declara que ha entendido y acepta el Convenio en su totalidad.

PRIMERA. Para los efectos de este convenio, BAJA FOREX y el CONTRATANTE, convienen que se entenderá:

  1. Como INFORMACIÓN CONFIDENCIAL:
    1. Información referente a secretos industriales, secretos de comercialización, información operativa e información bursátil.
    2. Información referente a procesos internos, algoritmos, información administrativa y/o información contable, bursátil o financiera.
    3. Información referente a proveedores, trabajadores y/o clientes, sus antecedentes y datos personales.
    4. Cualquier información obtenida de los clientes de BAJA FOREX
  1. Como DOCUMENTOS que contengan total o parcialmente información confidencial, sean originales o copias, se entenderá:
    1. Todo tipo de registros, reportes, manuales, dibujos, documentos, planos y esquemas.
    2. Todo tipo de medios electrónicos y/o digitales, programas de computación y sistemas computacionales.
    3. Todo tipo de notas, memorándums, libros, revistas, manuales, cortometrajes, folletos, gráficas, escritos diversos, cintas, y cualquier base de datos, ya sean electrónicos, digitales, visuales o auditivos.

SEGUNDA.  El CONTRATANTE conviene y se obliga a guardar en absoluta discreción y confidencialidad, toda la Información Confidencial y los Documentos que sean proporcionados por BAJA FOREX con motivo de las funciones inherentes al servicio contratado, o que conozca por cualquier otro servicio que contrate con la sociedad.

El CONTRATANTE se obliga a utilizar la Información Confidencial y los Documentos que la contienen, única y exclusivamente en cumplimiento de los servicios contratados con BAJA FOREX o en relación a los mismos, en la forma y términos a que se hace referencia en este convenio.

TERCERA. El CONTRATANTE reconoce que al igual que la Información Confidencial y los Documentos son propiedad de BAJA FOREX, todos los elementos e instrumentos que le sean proporcionados para el efecto de los servicios contratados con la sociedad, así como todos aquellos documentos e informes que él mismo produzca o desarrolle por los servicios contratados con BAJA FOREX o en relación al mismo serán propiedad de BAJA FOREX. Así mismo el intercambio de información hecho bajo este convenio no deberá interpretarse como el hecho de que BAJA FOREX otorga o confiere al CONTRATANTE cualquier derecho, licencia o potestad en relación con la información intercambiada.

CUARTA. EL CONTRATANTE tomará las medidas y acciones necesarias para resguardar de manera efectiva la información confidencial que obtenga por parte de BAJA FOREX, en contra de pérdidas, extracciones o accesos no autorizados; por lo que deberá contar con las medidas de seguridad adecuadas en sus instalaciones y/o infraestructura en donde se almacene la información confidencial, procurando en todo tiempo su correcto funcionamiento y proveyendo el mantenimiento necesario.

En caso de pérdida y/o acceso no autorizado de la Información Confidencial, EL CONTRATANTE deberá notificar inmediatamente del suceso a BAJA FOREX, para que este pueda tomar las medidas de seguridad necesarias y en caso de afectación, BAJA FOREX podrá reclamar el pago de los daños y perjuicios que se le hayan ocasionado.

QUINTA. El CONTRATANTE se obliga a devolver la información confidencial que le haya sido proporcionada por BAJA FOREX (a) una vez que concluya la relación convencional, o (b) cuando BAJA FOREX lo requiera por cualquier motivo.

SEXTA. Las partes acuerdan en que las obligaciones aquí adquiridas respecto a la confidencialidad de la información proporcionada o que por virtud de los servicios contratados haya tenido acceso y de la cual tenga conocimiento, subsisten y permanecen vigentes aún después de haber concluido con la prestación de los servicios correspondientes por un término de 10 (diez) años. 

SÉPTIMA. El CONTRATANTE reconoce y hace constar para todos los efectos legales procedentes que, en el supuesto de que divulgue o aproveche en beneficio propio o de cualquier tercero, la Información Confidencial que se ha obligado a proteger; dichos actos constituyen un acto ilícito e implican que incurra en responsabilidad, contrayendo, en consecuencia, la obligación de resarcir a BAJA FOREX los daños y perjuicios que se le ocasionen, independientemente de las sanciones que correspondan conforme a las leyes aplicables.

OCTAVA. Entre las partes, no habrá relación laboral de ninguna especie, ya que no existirá ningún tipo de subordinación o dependencia entre ellas, sus empleados o representantes.

En los términos del párrafo anterior, ambas partes se liberan de toda responsabilidad solidaria que pudiera derivarles, ya que bajo protesta de decir verdad, las partes integrantes de este convenio manifiestan contar con los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones que sean consecuencia de las relaciones con el personal a su servicio.

Queda expresamente aceptado por las partes contratantes que la relación que los une es única y exclusivamente de carácter comercial, por lo que el personal de cada una se regirá por la relación obrero-patronal con su respectivo patrón, no subsistiendo relación alguna de dirección, dependencia económica o disponibilidad cuando no hayan sido expresamente contratados por cualquiera de las partes.

Para el caso de que llegare a presentarse reclamación en materia laboral en la que se demande a alguna de las partes, la demandada tendrá derecho a defenderse y la empresa o persona física a la que pertenezca el trabajador tendrá la obligación de sacarla en paz y a salvo de dicha reclamación, y en su caso de absorber la responsabilidad total laboral, así como a cubrir los gastos y honorarios que deriven de asesoría jurídica que tuviere que erogar cualquiera de las partes.

Las obligaciones contenidas en esta cláusula sobrevivirán la expiración o rescisión anticipada de este convenio.

NOVENA.  Los derechos y obligaciones que el CONTRATANTE asume por el presente convenio, no podrán ser cedidos sin el previo consentimiento otorgado por BAJA FOREX de forma escrita.

DÉCIMA. Las partes convienen que lo que no esté expresamente estipulado en este documento y para la interpretación del mismo, se aplicarán las disposiciones del Código de Comercio, Ley de la Propiedad Industrial y del Código Penal para el Estado de Baja California, y para toda la República en Materia de Fuero Federal, que resulten aplicables.

Para la resolución de cualquier controversia que surgiera con motivo de este documento, las partes se someten, expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes en la ciudad de Mexicali, Baja California, renunciando a cualquier jurisdicción que por razón de sus domicilios presentes o futuros pudiese corresponderles, o por cualquier otra causa.